REVOLVIENDO LA BIBLIOTECA
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En esta sección que llamamos "Revolviendo la biblioteca", incluimos distintos artículos de gran interés histórico, poco conocidos por el público en general, publicados hace ya muchísimos años.
El artículo que publicamos a continuación, salió en la columna Mejorando lo presente, del diario La Prensa del 5 de agosto del año 1988.
La guerra austral en el banquillo
por Juan Luis Gallardo
De acuerdo con las reformas introducidas por el gobierno radical, la Cámara Federal -un tribunal civil- está revisando en segunda instancia el fallo dictado por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas en la causa seguida con motivo de la Guerra de las Malvinas.
La intención del gobierno al dar injerencia a tribunales civiles en asuntos reservados a la Justicia militar es obvia y consistió, llanamente expresado, en fastidiar a los militares, impidiéndoles ventilar en un ámbito doméstico sus problemas específicos. Ello por cuanto el gobierno desconfiaba —y desconfía— de los soldados, prefiriendo consecuentemente que en los asuntos castrenses entiendan jueces civiles, acaso más permeables a las sugerencias oficiales.
Algunas sentencias de la Justicia civil permitirían suponer tal permeabilidad y, así, cabe recordar el desenlace de los juicios seguidos contra los comandantes en jefe a raíz de la guerra antisubversiva o, en otro terreno, el fallo de la Corte Suprema declarando inconstitucional la ley de matrimonio civil, para abrir cauce a la sanción legislativa del divorcio vincular.
La dicotomía entre ambas justicias no resulta sin embargo tan clara. Porque, puestos a juzgar, los tribunales militares evidenciaron una docilidad comparable a la de los civiles en cuanto a no disgustar a las autoridades; se dejaron arrebatar las causas relativas a la guerra antisubversiva y fallaron de manera lamentable en el caso Malvinas.
Sin embargo, paradojalmente, podríamos hallarnos ante la posibilidad de que, contra lo que cabría esperar, la Cámara Federal, perteneciente a la Justicia civil, se diera el lujo de enmendar la plana al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, perteneciente a la Justicia militar, en homenaje a la Justicia. A la Justicia y a la Patria. Si bien, a fuer de sincero, debo reconocer que no me hago mayores ilusiones al respecto.
No me hago mayores ilusiones, pues por un lado, ya estoy escamado en lo que a decisiones judiciales recientes se refiere. Por otro, porque he leído la reseña que suministró la prensa diaria de la acusación formulada por el fiscal Moreno Ocampo. Acusación ésta que recoge las mismas aberraciones que, a mi entender, tornan inicua la decisión del Consejo Supremo en la causa Malvinas,
Dichas aberraciones son fáciles de resumirse: condena al general Galtieri, al almirante Anaya y al brigadier Lami Dozo por motivos no judiciables, mientras se eluden pronunciamientos fundados sobre la conducta de quienes condujeron efectivamente las operaciones y que, ellos sí, pudieron haber incurrido en transgresiones concretas a las reglamentaciones aplicables.
El fiscal sabe, sin duda, que las arriba señaladas son las objeciones más consistentes a que dio lugar el pronunciamiento de la Justicia militar. Y, como es natural, reitera sus afirmaciones en el sentido que reducirá su acusación a materias judiciables, absteniéndose de invadir el plano de las decisiones políticas. Pero, luego, se conduce de manera exactamente opuesta a la anunciada.
La actuación del fiscal
Veamos, entonces, el nudo de la acusación. Moreno Ocampo pide el aumento de las penas impuestas a los tres comandantes “por haber considerado aceptable el empleo de las Fuerzas Armadas para la ocupación de las islas Malvinas, acción militar iniciada el 2 de abril de 1982 y mantenida hasta la derrota, el 14 de junio del mismo año, ignorando, para llegar a tal conclusión, la notoria inferioridad militar de las fuerzas propias con relación a las enemigas”. Imputa también a los acusados por “haber mantenido en combate, una vez conocida la reacción inglesa, a las fuerzas propias en inferioridad de condiciones, hasta la derrota final”. Y sostuvo la acusación pese a admitir que la guerra de las Malvinas fue un acto de “legítima defensa”, ya que los “agravios al honor nacional tienen la misma entidad que un agravio físico”.
Por lo tanto, sucintamente, se pretende condenar al general Galtieri, al almirante Anaya y al brigadier Lami Dozo por haber resuelto empuñar las armas, en un acto de legítima defensa ante el honor nacional agraviado, sin ordenar luego que nuestras tropas salieren disparando al saber que los ingleses se venían con todo.
Sólo cabe acotar que si a lo largo del tiempo se hubiera aplicado la tesis sostenida por el fiscal, jamás habrían tenido lugar hechos tales como el combate de David y Goliat, la batalla de las Termópilas, la conquista de México por Hernán Cortés, las cargas de Brandsen y de la Brigada Ligera, o la defensa del Alcázar de Toledo.
Los señores integrantes de la Cámara Federal tienen en sus manos la posibilidad de adelantarse al juicio de la Historia, enmendando la plana a sus colegas del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas y a despecho de la acusación articulada por el fiscal Moreno Ocampo. Podrían de ese modo ganar el reconocimiento de la mayoría de los argentinos, que ha hecho suya la gesta del Atlántico sur, mejorando lo presente.