jueves, 12 de mayo de 2022

Vigilantes de día

 

Época de Rosas
Obra de Eleodoro Marenco

EL 3 DE JUNIO DE 1834, SE DICTÓ EN BUENOS AIRES UN DECRETO ESTABLECIENDO LOS DEBERES DE LOS VIGILANTES DE DÍA

Deberes de los vigilantes.

Consultando el hacer más útil y activo el servicio público que prestan los vigilantes de Policía, que esté más guardada la ciudad de día y de noche y que se observen los reglamentos y decretos vigentes, desde el 5 del próximo mes se destinarán aquéllos a vigilantes de día de la ciudad, señalándoles a cada uno una calle en todas direcciones, los que deberán empezar su servicio a la misma hora que se retiren los serenos y cesar al colocarse éstos, siendo responsables de todos los desórdenes que ocurran en las calles que les correspondan, toda vez que por negligencia o descuido no los hubiesen evitado.

Los expresados vigilantes cuidarán no haya reuniones en las pulperías, que no se viertan expresiones obscenas y que ninguna persona permanezca en ellas más de 15 minutos.

Cuidaran igualmente del aseo, de que no estén ocupadas las veredas con cosas que incomoden el tránsito público, ni por personas que vayan cargadas, recogiendo igualmente todos los ebrios que encuentren en ellas, y deshacer las reuniones de jóvenes que con escándalo juegan en las calles y conduciendo en arresto a los que profieran expresiones obscenas.

Acudirán inmediatamente a la casa que sean llamados por alguna ocurrencia que se ofrezca, prendición de algún doméstico, etc. y por último vigilarán se observen todos los decretos y reglamentos vigentes de Policía.

Los vigilantes de ciudad serán conocidos del público por una varita o junquillo que llevarán, además del escudo y armas que por su empleo les corresponde. Toda persona, estante y habitante de la ciudad, es obligada a prestarles auxilio cuando lo pidiesen, alzando la precitada varita y dando la voz de auxilio a la Policía.

Son muy especialmente encargados de prestarles auxilio los Tenientes Alcaldes y los cargadores de tráfico que se hallan bajo la dirección dela Policía y cualquiera de estos últimos que no lo hiciere, inmediatamente será preso por ocho días, como está dispuesto, y sele borrará además de la matrícula del precitado gremio.

Por lo que respecta al mecanismo del servicio y el modo de pasar los partes, se entenderán con los Comisarios de sus respectivas secciones, con sujeción a las instrucciones particulares que se darán a cada uno”.