domingo, 16 de mayo de 2021

Rosas el Republicano

ROSAS EL REPUBLICANO

                                                                       Por Norberto J. Chiviló

Raúl Roux
Rosas. Dibujo de Raúl Roux


En los números 26, 27 y 28 de “El Restaurador” se publicó en tres partes el artículo de mi autoría “Rosas el Republicano”.

Otra prueba del republicanismo de Rosas, es el documento que se transcribe a continuación, que demuestra que a pesar de ser el Gobernador, la persona más importante y con más poder en Buenos Aires, actuaba como uno más de la sociedad, como un ciudadano común.

 

La ética de Rosas

Era muy común que a mediados del siglo XIX, las familias pudientes de Buenos Aires, compraran prendas o artículos suntuarios o adornaran sus casas con bienes procedentes de Inglaterra. La familia del Gobernador Rosas no era una excepción. Esos artículos debían abonar los correspondientes derechos de aduana y aquí tampoco ni el Gobernador ni su hija tenían ningún tipo de privilegio, sino todo lo contrario.

En el archivo de la Cancillería (C.1. Leg. 17), existe un borrador de una comunicación, dirigida por el canciller Felipe Arana al cónsul argentino en Gran Bretaña, Mr. Dickson, el día 4 de abril de 1849, redactada por el propio firmante y que dice así:

"La señorita hija de S. E. recibió el cajoncito que usted le envió por el Caballero Southern conteniendo el obsequio de una pantalla con las armas de la Confederación Argentina. Muy reconocida está aquella y el Sr. Don Juan Manuel por este fino recuerdo de su amistad… Ha recibido también, con otras cartas de Vd., los dos cajoncitos enviados por los paquetes de diciembre y enero (1848-49), conteniendo los sombreros de montar a caballo y un álbum...

"Sensible ha sido al señor Don Juan Manuel que el Sr. Hughes no haya comprendido bien los precisos términos en que aquél admitió sus generosos ofrecimientos para algunos encargos particulares del Sr. Don Juan Manuel y Manuelita. Jamás ha querido encargar nada por delicadeza en virtud de su posición pública, porque no se confunda ésta equivocadamente con su carácter privado, y además, porque temía ser molesto…

"Todo artículo que envíe de los encargos del Sr. Don Juan Manuel debe venir como corresponde, incluido en la factura del cargamento, pasar en su virtud, por la aduana como todos los demás, pagando los correspondientes derechos, no traer los bultos el nombre del Sr. Don  Juan Manuel, ni hacerse uso de dicho nombre para nada, porque esos artículos así que lleguen no hay para que se diga que él los ha comprado, o que son para él, hasta que mande por ellos y le sean entregados con la correspondiente cuenta su importe".

"De este modo es que solamente el Sr. Don Juan Manuel  comprará en la casa de Vd. unos artículos después de haber pagado éstos los derechos correspondientes y sin que pueda interpretarse nada con perjuicio del buen nombre y la delicadeza del Señor Don Juan Manuel”.

"…Y luego que tuvieran entrada en ella, después de correr las formas legales como todo artículo que viene en los cargamentos y pasa por la aduana pagando los derechos correspondientes, podía comprarlos el Sr. Don Juan Manuel, como puede comprarlo cualquier otro, por su justo precio. Esto bien entendido así por el Sr. Hughes y repetido va­rias veces por el Sr. Don Juan Manuel, convino en que Manuelita se entendiese con el Sr. Hughes y le diese una relación de artículos que consistían en cuatro espejos, ocho arañas, ocho alfombras para adelante de los sofáes, una  chimenea, tres docenas de calzoncillos de punto de lana seis docenas de media de ídem... Sólo así pudo el Sr. Don Juan Manuel animarse a molestar al Sr. Hughes y con estos encargos". 

El historiador José Luis Muñoz Azpiri, en su obra Rosas frente al imperio inglés. Historia íntima de un triunfo argentino, libro en el cual se publicó el borrador de la nota transcripta precedentemente, la comenta de la siguiente forma: "Para esa fecha hacía ya dos decenios que Rosas gobernaba con poderes de dictador legal. Tales facultades no alcanzaban, como vemos, ni al manejo del dinero público ni a la posibilidad de interpretar la ética con sentido personal. «El buen nombre del Señor Don Juan Manuel» se hallaba protegido por iguales facultades extraordinaria que el del último de sus compatriotas".