REVOLVIENDO LA BIBLIOTECA
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En esta sección que llamamos "Revolviendo la biblioteca", incluimos distintos artículos de gran interés histórico, poco conocidos por el público en general, publicados hace ya muchísimos años.
El siguiente artículo se publicó en el periódico Juan Manuel de Rosas N° 1 de octubre de 1986.
Por Juan Carlos Occhiuzzi Agrelo
Pedro de Ángelis |
A partir de entonces se materializó “el desarrollo argentino como un con de la empresa comercial británica y de la elevación de los ingresos reales de Gran Bretaña” (2). La sujeción económica de la Argentina al Reino Unido y la vocación europeizante del régimen que sustituyó al de la Confederación Argentina imprimió en las Relaciones exteriores una política que excluyó a la Argentina de su hábitat natural, Latinoamérica, al volcar su acción preferentemente hacia Europa.
El 20 de abril de 1849, en el “Journal des Debats’’ bajo el título de “El General Rosas y la cuestión del Plata", trata el punto de vista europeo sobre la soberanía territorial de los ríos en Sur América y se podrá hallar en esa publicación elementos constitutivos para analizar los acontecimientos que sacudieron a nuestra patria con motivo de la intervención extranjera en el Rio de la Plata entre los años 1838 y 1850. Durante estos doce años de tramitaciones farragosas, pobladas de sutilezas y falsías, esgrimiendo los grandes principios de libertad, civilización y democracia, se escondían las pretensiones de Fruc1uoso Rivera de constituir con el apoyo de los imperialismos europeos, la Federación Uruguaya integrada por Uruguay, Entre Ríos y Corrientes por una parte, la solapada intención de Urquiza de constituir la República Mesopotámica, con Entre Ríos, Corrientes, Misiones y la posible incorporación de Santa Fe y por el otro lado el Paraguay que procuraba el reconocimiento de su independencia con apoyo brasileño; todo ello conjuntamente con la pretensión francesa de establecer en Montevideo una “colonia francesa” a la que serviría de base los emigrantes vasco-franceses radicados en ella.
Por otra parte el gran valle del Plata cuya única salida comercial se encuentra prácticamente en su parte inferior, incluida algunos de los territorios más ricos del Imperio Brasileño. Para Río de Janeiro abandonar el dominio de ambas márgenes del Rio de la Plata en manos poco amigas, sin asegurarse para sí la libre navegación de los ríos equivalía a trabar para siempre el progreso de aquellas regiones” (3).
El establecimiento de la libre navegación de los ríos interiores en nuestra constitución, nos coloca en presencia de un acontecimiento que luego del casi siglo y medio de producido, su proyección y su influencia sobre el desarrollo geopolítico del presente involucra “cuestiones candentes de política” cuya dilucidación nos permitirá analizar el presente desde una óptica positiva para el futuro, analizando todas las premisas e hipótesis que entran en la consideración de esta cuestión, particularmente la polémica desatada entre Pedro de Ángelis, que actuaba por orden de Juan Manuel de Rosas y Juan Bautista Alberdi, sobre la libre navegación de los ríos interiores de la República estrechamente vinculado a su posterior desarrollo geopolítico en la hoy denominada Cuenca del Plata. La publicación de las ideas de Rosas a través de la pluma de de Ángelis en el “Archivo Americano’, permitió exponer en forma eficaz la causa argentina a todas las partes involucradas.
A consecuencia de la derrota de la Confederación Argentina en los campos de Caseros, ante una fuerza internacional, el antiguo Virreinato del Rio de la Plata que, en 1810, tenía una sola frontera en todo el complejo hídrico del río de la Plata; la colonial española-brasileña, hoy en la Cuenca del Plata hallamos ocho fronteras a saber: Bolivia con Brasil, Paraguay y Argentina; Paraguay con Brasil y Argentina; Uruguay con Brasil y Argentina y la Argentina con Brasil, condicionando cualquier emprendimiento hídrico-eléctrico o caminero que queramos hacer aguas abajo en esa Cuenca; porque nuestros ríos están internacionalizados por obra y gracia del artículo 26 de nuestra Constitución Nacional, dando supremacía al Brasil en una política buscada desde los tiempos de la colonia y apoyada no solo por Inglaterra sino también por los Estados Unidos de Norteamérica como lo evidencia la nota de Henry Wise al Secretario de Estado Calhoun del 12 de enero de 1845 donde dice: “El tema favorito de todos aquellos a quienes trato es el de una “Política Americana”. Esta tiene para ellos el mismo significado que yo quisiera darle. Los Estados Unidos y Brasil son las hermanas mayores de Norte y Sudamérica y son moralmente responsables por todas las familias del nuevo mundo. Me reclaman la intervención de los Estados Unidos en los asuntos de Montevideo y Buenos Aires y mi respuesta favorable es que el Brasil debe tener preferencia para ofrecer sus buenos oficios y medias en Sudamérica (4).
La enjundiosa defensa de los derechos argentinos a controlar y tutelar las vías fluviales que cruzan el territorio nacional en ejercicio de irrenunciable soberanía, sostenida por Rosas, fue agotada luego de la batalla de Caseros con el reconocimiento de la independencia del Paraguay por parte de la confederación Argentina bajo el gobierno de Urquiza el 15 de Julio de 1852 y ratificada por ley el 4 de junio de 1856.
De esta forma la posesión originaria de duración incesante, pasa a carecer de realidad al hacer dimisión de sus derechos, la autoridad suprema, a los espacios geográficos debatidos y queda convalidada su internacionalización con la sanción de la Constitución de 1853, amparada por Urquiza y propiciada por Juan Bautista Alberdi, quién sostenía:
“El enemigo capital de la unidad pura de la República, no es Don Juan Manuel de Rosas, sino el espacio de doscientas mil leguas cuadradas en que se deslice, como gota de carmín en el rio Paraná; el puñadito de nuestra población de un millón escaso". (5)
Y refiriéndose a los ríos, para defender la libre navegación afirmaba; “Esos caminos que andan son otro medio de internar la acción civilizadora de Europa. Los ríos que se navegan son como si no existieran. Hacerlos del dominio exclusivo de nuestras banderas indigentes y pobre es como tenerlos sin navegación. Proclamad la libertad de sus aguas y para que sea permanente, para que la mano inestable de nuestros gobiernos no derogue hoy lo que acordó ayer, firmad tratados perpetuos de libre navegación”. (6)
Con el evidente propósito de vencer la resistencia producida por la prédica de de Ángelis, que había apoyado su tesis en los principios enunciados por Vattel, Chitty y Vico, aconsejaba Alberdi en su fiebre libertaria; “Para escribir estos Tratados no leáis a Wattel ni a Martens, no recordéis el Elba y el Mississipi. Leed el libro de las necesidades de América del Sud y lo que ellas dicten. La Aduana es la prohibición, es un impuesto que debiera borrarse de las rentas Sudamericanas. No más exclusiones, ni clausura, sea cual fuere el color que se invoque. No más exclusivismos en nombre de la Patria. Abrid sus puertas de par en par a la entrada majestuosa el mundo, sin discutir si es por concesión o por derecho y para pre venir cuestiones abridlas antes de discutir”. (7)
Y es así como fueron abiertas las venas líquidas de nuestra patria a cuantos quisieran surcarlas con sus proas, sin tener siquiera la compensación de la reciprocidad de algún beneficiario agradecido. Si alguna consideración especial lo justificara, creemos hallar explicación válida en tres elementos de juicio que pueden conducirnos a ello. El reconocimiento de la independencia del Paraguay que, hasta 1852, el Gobierno de la Confederación Argentina consideraba provincia integrante de la jurisdicción argentina. La aspiración secular del imperio del Brasil a la libre navegación de sus barcos por aguas interiores argentinas y a la apertura de los puertos interiores al comercio de los buques extranjeros, afanosamente buscada por las potencias ultramarinas utilizando para ello, cuanto medio político, económico y militar tuvieran a su alcance.
Todos estos antecedentes que vistos aisladamente pueden conducir a conclusiones divergentes, constituyen en su conjunto factores gravitantes de capital importancia que marcaron la impronta de la política exterior argentina, cuyo nacimiento se produce el 3 de febrero de 1852.
(1 y 2) H.S. Ferns “Gran Bretaña y Argentina en el siglo XIX”.
(3 y 4) John F. Cady “La intervención extranjera en el Río de la Plata".
(5, 6 y 7) Juan Bautista Alberdi. “Bases…”.